Fichero de titularidad privada
Los ficheros de los que sean responsables las entidades sometidas al derecho privado, no vinculados en ningún caso con el ejercicio de potestades de derecho público, incluyendo aquellos de los que sean responsables las fundaciones sanitarias del sector público, salvo en su caso, las fundaciones públicas sanitarias, las sociedades del sector público empresarial del Estado, la Comunidad Autónoma, la Provincia o el Municipio, con independencia de su estructura accionarial, y las Corporaciones de Derecho público, en cuanto dichos ficheros no se encuentren estrictamente vinculados al ejercicio de las potestades de derecho público que a las mismas atribuye su normativa específica.